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Ayudas y financiación para proyectos de inversión que favorezcan el paso a una economía baja en carbono Entidades Locales (FEDER - POPE 2014-2020)

 

Ayudas y financiación para proyectos de inversión que favorezcan el paso a una economía baja en carbono Entidades Locales (FEDER - POPE 2014-2020)

 

Hoy desde Helmatel os ofrecemos una gran noticia, en el último Consejo de Ministros del 28 de diciembre, se han ampliado las subvenciones a proyectos singulares de entidades locales que favorezcan el paso a una economía baja en carbono.

 

Entre todas las medidas que son subvencionables se encuentran todo tipo de actuaciones la mejora de la eficiencia energética, tanto en la edificación como en las infraestructuras y servicios públicos o aumentar el uso de las energías renovables, tanto para usos térmicos como para el autoconsumo eléctrico.

 

A continuación os mostramos la información publicada por IDAE en su web oficial, que también podéis consultar a través del siguiente enlace: http://www.idae.es/ayudas-y-financiacion/para-proyectos-de-inversion-que-favorezcan-el-paso-una-economia-baja-en

 

Bases y Convocatoria: Real Decreto 616/2017 (*), de 16 de junio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a proyectos singulares de entidades locales que favorezcan el paso a una economía baja en carbono en el marco del Programa operativo FEDER plurirregional de España 2014-2020.  Publicado en BOE nº 144 del sábado 17 de junio de 2017. 

 

(*) Real Decreto 1516/2018de 28 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 616/2017, de 16 de junio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a proyectos singulares de entidades locales que favorezcan el paso a una economía baja en carbono en el marco del programa operativo FEDER de crecimiento sostenible 2014-2020, ampliando su presupuesto y vigencia

 

Objeto: Concesión directa de subvenciones a las Entidades Locales de menos de 20.000 habitantes, así como Ceuta y Melilla, para proyectos de inversión en el ámbito de la economía baja en carbono.

 

Actuaciones elegibles: Los proyectos habrán de conseguir una reducción de las emisiones de dióxido de carbono, mediante los siguientes tipos de actuaciones:
La mejora de la eficiencia energética en la edificación y en las infraestructuras y servicios públicos.
La movilidad urbana sostenible.
El uso de las energías renovables de usos térmicos, así como para el autoconsumo eléctrico. 

 

El catálogo de posibles actuaciones se incluye en anexo del Real Decreto.

 

Beneficiarios: Podrán ser beneficiarios de las ayudas los proyectos promovidos por municipios o agrupaciones de municipios cuya población sea inferior a 20.000 habitantes, así como Ceuta y Melilla.

 

Modalidad y cuantía de la ayuda: El porcentaje de cofinanciación FEDER a recibir será el que esté asignado a la región en la que se encuentre el proyecto, y podrá ser bien del 50%, el 80% o el 85% en función de la clasificación de la región. 

 

Las Entidades Locales deberán financiar la actuación y percibirán la cofinanciación FEDER una vez la actuación esté concluida. En función de las disponibilidades presupuestarias, se prevé la posibilidad de dotar anticipos de hasta el 40% sobre la ayuda otorgada, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en el art 131, punto 4 del Reglamento UE 1303/2013 de disposiciones comunes.

 

Presupuesto: En esta primera convocatoria se ha establecido un presupuesto total de 480.076.588 euros que se distribuyen por CC.AA. y objetivo específico.

 

Con el fin de evitar una excesiva concentración de los fondos a favor de un mismo ayuntamiento, se ha fijado un límite de 5 millones de euros por ayuntamiento.

 

Procedimiento: La concesión de las subvenciones se realizará por el procedimiento de concurrencia simple, otorgándose por orden de registro de solicitud a todos aquellos solicitantes que tengan derecho, hasta agotar el presupuesto disponible o llegar a la fecha de vigencia del programa, establecida en el 30 de junio de 2019. Toda la tramitación será telemática a través de una aplicación específica accesible desde la Sede Electrónica del IDAE.

 

Plazos de presentación y vigencia del programa: Las solicitudes se podrán presentar desde el día 18 de julio de 2017 a las 9:00 horas, hasta el 30 de junio de 2019 o agotamiento del presupuesto disponible.

 

Carga de datos y documentación para solicitud de ayuda:  Antes de entrar en la aplicación de carga de datos, por favor lea detenidamente el Real Decreto 616/2017 de 16 de junio de 2017, así como el  Real Decreto 1516/2018, de 28 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 616/2017, de 16 de junio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a proyectos singulares de entidades locales que favorezcan el paso a una economía baja en carbono en el marco del programa operativo FEDER de crecimiento sostenible 2014-2020, ampliando su presupuesto y vigencia en el que se regula la concesión directa de subvenciones a proyectos singulares de entidades locales que favorezcan el paso a una economía baja en carbono, ya que una vez iniciada la reserva de solicitud de ayuda tendrá un plazo de 15 días naturales para cargar los datos y documentos, según lo establecido en el artículo 12 del Real Decreto. Todas las reservas y solicitudes de ayuda, que sólo se podrán efectuar con la firma electrónica del representante, se realizarán en la Sede Electrónica del IDAE.

 

Más información:  Para cualquier duda o aclaración, pueden dirigirse al Servicio de Información al Ciudadano en Eficiencia Energética y Energías Renovables (SICER) a través del correo ciudadano@idae.es, el correo postal del Instituto c/Madera, 8. 28004 Madrid, o el teléfono 913 146 673 en horario de 10 a 14 horas de lunes a viernes. Fax: 915 230 414.

 

 

 

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